Actualizado el 23 de octubre de 2026 · Pensión Directa
Si viste noticias sobre Modalidad 40, quizá te preguntaste qué pasará con tu plan. Para entenderlo, empecemos por algo concreto: ¿ya estabas inscrito, apenas ibas a hacerlo o tienes una solicitud en proceso?
El acuerdo del IMSS publicado el 21 de octubre, vigente desde el 22, establece medidas temporales. No elimina Modalidad 40 ni es una nueva Ley del Seguro Social. [1]
El acuerdo conserva las condiciones hasta terminar el periodo contratado y reconoce las semanas y salarios efectivamente pagados. Eso no garantiza las mismas condiciones para una incorporación posterior. [1]
Para revisar tu situación, ten a la mano la inscripción, el periodo que tienes cubierto y los comprobantes. Una recomendación útil debe partir de tus documentos, no solamente de un titular de noticias.
Ejemplo ficticio y simplificado; no corresponde a un cliente ni sustituye una revisión individual.
Imagina que tu último salario diario registrado en el IMSS era de $500. Estabas considerando una propuesta para inscribirte con una base de $1,000 diarios.
El acuerdo vincula la nueva inscripción con el último salario registrado, con un margen adicional de hasta una UMA y un piso de salario mínimo. [1]
La UMA diaria de 2026 es de $117.31, según INEGI. [2]
Al sumar ese margen, el ejemplo queda así:
$500.00 + $117.31 = $617.31 diarios
La propuesta de $1,000 diarios queda fuera de ese margen y necesita revisarse. [1]
Los $617.31 representan la base diaria utilizada en este ejemplo: no son tu cuota mensual ni la pensión que recibirías. Para estimar esos importes hace falta un análisis distinto.
Para nuevos aseguramientos bajo estas medidas, el inicio es la fecha de solicitud; no se contempla un alta retroactiva. [1]
Si tu propuesta incluía cubrir periodos anteriores, pide que se revise ese supuesto antes de usarla para decidir. Si ya presentaste una solicitud, conserva su acuse y consulta cómo corresponde tratar ese expediente.
El 22 de octubre, la Presidencia relacionó las medidas con la prevención de fraudes en pensiones. Ese día también se abordó Modalidad 40 en la Comisión de Seguridad Social del Senado. [3, 4]
También hay cuestionamientos jurídicos. En una entrevista publicada por la IBERO, el académico Jorge Antonio Loyo Pérez planteó dudas sobre la constitucionalidad de las medidas. Se trata de su análisis, no de una sentencia que anule el acuerdo. [5] Las declaraciones y el debate legislativo tampoco equivalen, por sí solos, a otra reforma o suspensión. Cuando haya una decisión aplicable, habrá que revisar su documento y fecha.
No hay una caducidad automática de 180 días. Los seis meses son el plazo del análisis financiero; después se evaluará la continuidad de las medidas. [1]
En Pensión Directa proponemos revisar tres preguntas:
Si cotizas como trabajador independiente, también debe revisarse tu situación: el acuerdo incluye restricciones para contratar Modalidad 40 desde ese aseguramiento. [1]
Si ya eres cliente, nos pondremos en contacto contigo de forma individual para revisar tu caso y explicarte los pasos que correspondan. Puedes escribirnos por tu canal habitual si tienes una duda.
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[1] DOF — Acuerdo ACDO.AS2.HCT.101026/302.P.DG, publicado el 21/10/2026. Texto íntegro, puntos Segundo, Cuarto, Quinto y Séptimo.
https://sidofqa.segob.gob.mx/notas/docFuente/5801708
[2] INEGI — Comunicado de prensa 1/26. UMA diaria de 2026: $117.31.
https://www.inegi.org.mx/contenidos/saladeprensa/boletines/2026/uma/uma2026.pdf
[3] Presidencia — Versión estenográfica de la conferencia de prensa del 22 de octubre de 2026.
[4] GPPAN en el Senado — Registro de la intervención de Mayuli Latifa Martínez en la Comisión de Seguridad Social sobre Modalidad 40, 22 de octubre de 2026.
Fuentes consultadas: 23/10/2026.